Balanzas de autoridad: qué hacer ante conflictos normativos o morales



En este largo viaje que es la vida, no es de extrañar que a veces nos resulte complejo adivinar cuál es el camino correcto a seguir.  No es tan claro.   Si unos dicen que debes hacer esto, y otros que no hagas aquello, y tú piensas que ni lo uno ni lo otro, ¿a quién escuchar entonces? Cuando las leyes de los hombres se entrecruzan, ¿cuál  de ellas se impone a las demás?

Frente a estas disyuntivas, primero debemos definir una pirámide de jerarquía moral, y a partir de ahí, esclareceremos la situación y los pasos a seguir.

Ante todo, debemos ser conscientes de que las normas no son leyes absolutas o universales, y pueden fácilmente entrar en conflicto unas con otras.  Puesto que “la verdad” es una entidad subjetiva y lo “adecuado” o “correcto” debe responder siempre a un “para qué”, si no a un “para quién”. Y es que algunas normas son meramente personales, privadas, mientras que otras devienen públicas, producto de un consenso social o institucional. Acuerdo colectivo que supone una transferencia de autoridad por parte del grupo.

Justo al otro extremo tenemos las normas privadas de terceros, que no tienen por qué ser lógicas. Son las propias que cada individuo determina en sus condominios personales y de las que no tiene que rendir cuentas a nadie. Todas ellas son normas válidas en sus espacios de influencia concretos, y deben respetarse en pro de ese Orden que tanto promulgaban los antiguos griegos.

Pero, de nuevo nos preguntamos qué pasa cuando entran en conflicto estas leyes.  La solución se halla en su clasificación, en poner cada una en su lugar de la estantería.

Podemos diferenciar, así pues, 3 tipos de leyes:

  1. La moral propia
  2. Las normas públicas o colectivas
  3. Las normas privadas de terceros

Y es justamente este orden el que nos indica su grado de prevalencia e importancia comparada.

Es la moral individual la ley máxima que siempre debe respetarse —por evidente que pueda llegar a sonar de entrada, no está de más que nos lo recordemos—, e invalida cualquier convenio colectivo o ley de terceros que le sea contraria.

Después están las normas públicas, pues por autoridad democrática son superiores a las leyes privadas.

Finalmente, si no se vulnera ninguna de las dos anteriores, las leyes privadas, por inverosímiles o excéntricas que sean, son completamente válidas en casas ajenas.

Así de fácil. Así de complicado de aplicar, a veces.


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